LA LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
>> lunes, 13 de julio de 2009
Por: Manuel Iguiñiz
Asociado de Foro Educativo
Es preciso revisar algunos conceptos que actualmente bloquean la posibilidad de profundizar en el tema de la descentralización educativa, sobre todo en la organización y en las funciones del Ministerio de Educación (MINEDU).
El derecho a la educación, sentido de la reforma del Estado
Los derechos fundamentales que consagra la Constitución son interdependientes. Ello es especialmente válido para la educación. Las causas del fracaso escolar son múltiples y está interconectadas, son sociales e internas al sistema educativo. Postulamos que el Estado se reforma, no por un mero principio de ordenamiento y modernización, sino para servir al desarrollo humano, con una educación escolar justa, en una sociedad educadora.
Por ello, la Ley de Organización de Funciones – LOF, tiene que acentuar la acción intergubernamental y con la escuela, así como la coordinación intersectorial, en especial con sectores y programas de salud, nutrición, trabajo, registro, transportes y comunicaciones (interconexión telefónica, Internet), y otras.
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